Archivo diario: 22/06/2020
El objeto de estas subvenciones es minimizar el impacto de la crisis económica provocada por el COVID – 19 y lograr que, una vez finalizada la alarma sanitaria, se produzca lo antes posible la reactivación de la economía de la isla de Tenerife.
¿Quiénes pueden solicitar la subvención?
-Autónomos/as, sociedades mercantiles, sociedades civiles, comunidades de bienes, y cualquier otra entidad mercantil con o sin personalidad jurídica propia, que tengan centros de trabajo en la isla de Tenerife y que reúnan, entre otros, los siguientes requisitos:
-Contar con una plantilla, en el momento de la declaración del estado de alarma, de entre 1 y 10 personas trabajadoras.
-Haber tenido, en el año 2019, un rendimiento neto inferior o igual a 21.000 euros.
-Haber realizado un ERTE, en cualquiera de sus modalidades, con posterioridad a la declaración del estado de alarma.
-Haber reiniciado su actividad económica, con la incorporación de la totalidad del personal afectado por el ERTE y restableciendo la jornada laboral preexistente.
Plazo de presentación de solicitudes: entre el 23 de junio y el 30 de septiembre de 2020.